El Mantaro revive cuando usamos evidencias científicas en la toma de decisiones para el desarrollo integral.
El Mantaro revive cuando incluimos a la salud y al ambiente en nuestro enfoque de desarrollo.
El Mantaro revive cuando el Estado, las empresas y los ciudadanos vigilamos que nuestro ambiente este libre de contaminantes.
El Mantaro revive cuando promovemos el diálogo a favor del bien común.
El Mantaro revive cuando participamos en la toma de decisiones de los asuntos ambientales de nuestra comunidad.

sábado, 29 de diciembre de 2012

DISTRITO DE HUAYHUAY FUE SEDE DE ENCUENTRO DE COMITÉS DE VIGILANCIA DE MONITOREO DE AGUA CON LA ESTRATEGIA DE MACRO INVERTEBRADOS


En vísperas de navidad, en el distrito de Huayhuay se desarrolló el “Encuentro de Comités de Vigilancia de Monitoreo de agua con la Estrategia  de Macro invertebrados”, en la que participaron estudiantes de la Institución Educativa  Pública San Roque  del Distrito de Chambará y de la Institución Educativa Integral “Germán Pomalaza Rixce” del distrito de Huayhuay.
En la que ambas instituciones compartieron sus experiencias a utilizar la estrategia de los macro invertebrados acuáticos (Monitoreo biológico) en sus ríos.



Además de compartir conocimientos, los y las estudiantes de ambos distritos intercambiaron sus costumbres y tradiciones de su tierra natal.

RED ECOLOGICA DE PROMOTOR@S AMBIENTALES ANALIZARON PROPUESTA DE LEY “DESCONTAMINACIÓN DE LA CUENCA DEL MANTARO”

En reuniones de trabajo realizados los días 15 y 16 de diciembre , en el distrito de Acolla , la Red Ecológica de promotores y promotoras ambientales El Mantaro Revive, analizaron  la propuesta de proyecto de ley: “Descontaminación de la Cuenca del Mantaro”, dando aportes a la mencionada Ley.

Para lo cual se revisó la Ley N° 28082 que declara en Emergencia Ambiental la Cuenca del Río Mantaro,  su Modificatoria, Ley  28608.

Entre los aportes dados por los promotores y promotoras a la propuesta de propuesta de Ley se tiene:

Artículo 1 En el objeto de la Ley se debe tener en cuenta   los Límites Máximos Permisibles en los ECAS internacionales (OMS).

Artículo 2 La implementación debe realizarse en un plazo máximo de 2 años.

Artículo 3 De los responsables debe  incluirse a las ALAS Regionales (Pasco, Junín, Huancavelica y Ayacucho) y el Ministerio de Agricultura.

Artículo 4 La implementación de  esta Ley debe ser 6 años.

Artículo 5 Se incluya una cláusula más, la f. Coordinar y verificar conjuntamente con los Gobiernos Regionales y municipios locales el cumplimiento de las normas que prohíban la contaminación de la Cuenca del Río Mantaro.

Articulo 6 Identificación de quienes son las instituciones privadas, personas naturales y personas jurídicas.

Articulo 7 El aporte de las empresas mineras  y demás empresas que afectan la calidad ambiental debe ser el 15% bajo Ordenanza Regional depositados directamente en FONAM fuera de los que ya están normados  por el estado y el cual debe ser vigilado por la sociedad civil.

Articulo 8 El Consejo de recursos hídricos de la Cuenca del Mantaro informará a la comisión de pueblos andino amazónicos, afroperuanos, ambiente y ecología del congreso de la República cada tres meses con respecto al cumplimiento de los objetivos derivadas de la aplicación de la presente ley; asimismo el presidente de la Comisión citara al presidente del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca del Mantaro dentro de los 30 días posterior al vencimiento de cada período impostergablemente.

Artículo 9 La contraloría general de la República efectuara cada dos veces al año una auditoría  ambiental para ver el cumplimiento y metas de la contaminación de la Cuenca del Río Mantaro. Programar la primera auditoria después de 30 días de promulgación de la ley.


martes, 18 de diciembre de 2012

ESTUDIANTES DE HUAYHUAY Y CHAMBARA INTERCAMBIAN CONOCIMIENTOS SOBRE LA VIGILANCIA DE CALIDAD DE AGUA DE RÍO MEDIANTE LOS MACROINVERTEBRADOS

Este sábado 08 de diciembre estudiantes de la Institución  Educativa Integral “Germán Pomalaza Rixce” del distrito de Huayhuay (Provincia de Yauli) y la Institución Educativa Pública San Roque del Distrito de Chambará (Provincia de Concepción) intercambiaron conocimientos sobre el monitoreo  biológico de la calidad  de agua de río mediante  los macroinvertebrados acuáticos.

El uso de macroinvertebrados   consiste en hacer un seguimiento de la calidad de los ríos  con el uso  de pequeños “animalitos” que viven en el agua, como un  método alternativo y de menos costo al análisis químico.

Así lo estudiantes observaron que el río  Cunas, es uno de los ríos saludables por tener una variada vida animal en  sus aguas. A diferencia del río Andaychagua; que es un río no saludable o alterado porque tiene muy poca o ninguna forma de vida animal.

Estos conocimientos fueron compartidos por los y las alumnas de ambos colegios, quienes han propuesto soluciones a la problemática de sus ríos.




El Mantaro Revive con estudiantes vigilantes; que realizan acciones ambientales, en bien de su comunidad.

jueves, 6 de diciembre de 2012

RED ECOLOGICA DE PROMOTOR@S AMBIENTALES Y POBLADORES DE LA OROYA PARTICIPARON DE FORO PÚBLICO LECCIONES DE UNA DEMANDA INJUSTA DOE RUN VS PERÚ


La Red Ecológica  de Promotores y Promotoras Ambientales El Mantaro Revive, con un grupo de pobladores de La Oroya, participaron del Foro Foro Público Lecciones de una demanda injusta. DOE RUN vs PERÚ. TLC, inversiones e industrias extractivas.

Evento que fue realizado por la Red Peruana por una Globalización con Equidad – RedGE, en coordinación con CooperAcción, la Red Muqui, Red Uniendo Manos, la Mesa Técnica La Oroya y el Movimiento por la Salud de la Oroya – MOSAO, con el apoyo de ONCE, en el marco en el marco de la Semana de Inversiones. el 29 de noviembre en la sala Miramar del Hotel José Antonio, en Miraflores.

Para lo cual se contó con la participación de expertos nacionales e internacionales quienes hicieron  un  balance  general de la actual situación  en que se encuentra la demanda  presentada por el Grupo  Renco / DOE RUN PERÚ en contra del estado Peruano y por la que quiere recibir $ 800 millones de indemnización.